Facilitar la confesión por teléfono es una idea que algunos laicos están sugiriendo ante la imposibilidad de recibir dicho sacramento por la cuarentena que se vive en muchos países. ¿Será posible recibir la absolución por teléfono? ¿y qué tal por videollamada de WhatsApp o Zoom?
Recientemente le hicieron las mismas preguntas al Padre Zuhlsdorf, uno de mis blogueros favoritos, y me gustó mucho su explicación. Está en inglés pero aquí les comparto la traducción.
Pregunta al Padre Z:
Me sorprendió, cuando escuché, que mi obispo local permitió la confesión telefónica y la absolución por teléfono debido a COVID-19. Un sacerdote de mi comunidad dice que el cardenal dice que puede usar el teléfono para absolver a la gente. ¡Padre, muchas personas lo llaman todos los días y piensan que están absueltos de sus pecados! ¿Es esta una simulación sacramental? Escribí dos correos electrónicos al jefe de la comunidad religiosa y recibí una respuesta tonta. Estoy frustrado. Estoy rezando. ¿Conoce a alguien en la Congregación en Roma? Quiero decir, hay que hacer algo aquí. Vivimos en tiempos caóticos.
Esta fue su respuesta:
¿Es válida la Confesión telefónica?
Tenemos que hacer una o dos distinciones.
Primero, cualquiera puede confesarse por teléfono. Eso no es un problema. Sin embargo, la absolución sacramental no se puede dar VÁLIDAMENTE por teléfono, a menos que el penitente también esté físicamente cerca y el teléfono sea solo un dispositivo amplificador, como un audífono o un teléfono instalado en una sala de confesiones o visitas a la cárcel.
La absolución a distancia utilizando el teléfono sería NO VÁLIDA.
Como ese es el caso, intentar absolver por teléfono de esa manera sería la simulación de un sacramento, objetivamente un pecado terrible. El canon 1379 amenaza con «una pena justa» por la simulación de un sacramento. Sin embargo, primero debe determinarse si el sacerdote sabía o no que lo que estaba haciendo estaba mal. Eso mitigaría incurrir en una penalización. Al parecer en el caso que menciona se está mal informado por una alta autoridad, en quien, en circunstancias normales, debería poder confiar. Estas no son, por supuesto, circunstancias normales.
Debe escribir inmediatamente su preocupación a la Congregación para el Culto Divino.
A Sua Em.za Rev.ma il Cardinale Robert SARAH
Prefetto della Congregazione per il Culto Divino
e la Disciplina dei Sacramenti
Palazzo delle Congregazioni
00120 Città del Vaticano
Fax: (+39) 06.69.88.34.99
Esta fue su respuesta:
¿Es válida la Confesión telefónica?
Tenemos que hacer una o dos distinciones.
Primero, cualquiera puede confesarse por teléfono. Eso no es un problema. Sin embargo, la absolución sacramental no se puede dar VÁLIDAMENTE por teléfono, a menos que el penitente también esté físicamente cerca y el teléfono sea solo un dispositivo amplificador, como un audífono o un teléfono instalado en una sala de confesiones o visitas a la cárcel.
La absolución a distancia utilizando el teléfono sería NO VÁLIDA.
Como ese es el caso, intentar absolver por teléfono de esa manera sería la simulación de un sacramento, objetivamente un pecado terrible. El canon 1379 amenaza con «una pena justa» por la simulación de un sacramento. Sin embargo, primero debe determinarse si el sacerdote sabía o no que lo que estaba haciendo estaba mal. Eso mitigaría incurrir en una penalización. Al parecer en el caso que menciona se está mal informado por una alta autoridad, en quien, en circunstancias normales, debería poder confiar. Estas no son, por supuesto, circunstancias normales.
Debe escribir inmediatamente su preocupación a la Congregación para el Culto Divino.
A Sua Em.za Rev.ma il Cardinale Robert SARAH
Prefetto della Congregazione per il Culto Divino
e la Disciplina dei Sacramenti
Palazzo delle Congregazioni
00120 Città del Vaticano
Fax: (+39) 06.69.88.34.99